media trascendenciaprimeraDisposición 447/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA - SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

LENOR S.R.L. reconocida como laboratorio metrológico para cinemómetros

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor otorgó a LENOR S.R.L. el reconocimiento oficial para realizar ensayos de aprobación de modelo de cinemómetros por un año.

Texto oficial →

Dato clave

Reconocimiento por 365 días para ensayos de aprobación de modelo de cinemómetros

Analisis central

Se dispuso el reconocimiento temporal (365 días) de LENOR S.R.L. como laboratorio de ensayos metrológicos autorizado para la aprobación de modelo de cinemómetros, bajo el marco del SIMELA y la Resolución 753/98. Esto implica que la empresa podrá certificar legalmente la conformidad de estos instrumentos de medición de velocidad vehicular, fortaleciendo el control metrológico en seguridad vial. El reconocimiento se basa en su inicio de acreditación ante el OAA y el cumplimiento de los requisitos del Anexo II de la Resolución 611/19.

Criterio editorial

Es el primer paso formal para que un laboratorio privado participe en el Servicio Nacional de Aplicación del SIMELA en un área crítica de seguridad pública y fiscalización vial, ampliando la capacidad técnica estatal sin desplazarla.

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Texto original

Documento oficial

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL Disposición 447/Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-27164359- -APN-DIN#MEC, la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 960 de fecha 24 de noviembre de 2017, y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 611 de fecha 26 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias, y 227 de fecha 14 de marzo de 2023 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, yCONSIDERANDO:Que por medio de la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, se creó el Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA) y el Servicio Nacional de Aplicación de la citada ley.Que el Artículo 28 de citada ley, establece que el Servicio Nacional de Aplicación se integrará con los organismos que establezca el Poder Ejecutivo Nacional, el que delimitará sus competencias sobre sus funciones.Que el Artículo 1° del Decreto N° 960 de fecha 24 de noviembre de 2017, dispone que el Servicio Nacional de Aplicación previsto en la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, será la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y los organismos públicos y/o privados que esa Secretaría designe.Que el Artículo 2° del Decreto N° 960/17, establece las funciones de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, relacionadas con la metrología legal, específicamente en su inciso l), la de delegar en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y/o entidades públicas y/o privadas lo relacionado a efectuar, en todo instrumento de medición reglamentado, los ensayos, certificaciones y/o cualquier otro procedimiento técnico necesario para la aprobación de modelo, la verificación primitiva y verificación periódica, entre otras cosas, en las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación.Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, modificado por el Decreto N° 293 de fecha 5 de abril de 2024, se modificó la estructura organizativa del MINISTERIO DE ECONOMÍA, creando la SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL, en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, actualmente SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, estableciendo entre las competencias de dicha Secretaría, la de intervenir en la implementación de las acciones necesarias para la aplicación de la Ley N° 19.511 del Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA) y sus modificaciones.Que la Resolución N° 32 de fecha 17 de enero de 2024, modificó la Resolución N° 227 de fecha 14 de marzo de 2023, ambas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la finalidad de delegar en la ex SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la citada ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, las facultades para adoptar todas las acciones que requieran la aplicación de la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.Que, mediante la Resolución N° 611 de fecha 26 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se aprobaron las nuevas “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE OPERACIONES DE CONTROL METROLÓGICO”.Que la Resolución N° 276 de fecha 12 de septiembre de 2024 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificó en primera instancia las “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE OPERACIONES DE CONTROL METROLÓGICO”.Que, la Resolución N° 67 de fecha 1° de abril de 2025 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificó nuevamente la Resolución N° 611/19 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, donde en su Anexo II, CAPÍTULO I, punto 1, estableció los requisitos y procedimientos para la acreditación de los laboratorios a integrarse al Servicio Nacional de Aplicación de la Ley N° 19.511 y sus modificaciones.Que, asimismo, en el punto 2 del CAPÍTULO I del Anexo II de la Resolución N° 67/25 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, se indicó el procedimiento respecto al reconocimiento de laboratorios que se encuentren previamente acreditados en el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), pero no específicamente en los reglamentos Técnicos y Metrológicos aplicables, y que hayan comenzado su proceso de acreditación en el reglamento correspondiente.Que la firma LENOR S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70296880-8, ha presentado ante el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), la solicitud para la extensión del alcance de acreditación para el servicio de ensayos de controles metrológicos para la aprobación de modelo, en el reglamento: “Cinemómetros”, aprobado mediante la Resolución N° 753 de fecha 6 de noviembre de 1998 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y por la cual solicitó a la SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL, el reconocimiento como laboratorio de ensayos a integrarse al Servicio Nacional de Aplicación de la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, de acuerdo a lo establecido en el Anexo II, CAPÍTULO I, punto 2, de la Resolución N° 611/19 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y sus modificatorias.Que el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), ha tomado intervención tal y como se establece en el Artículo 1° de la Resolución N° 276/24 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, emitiendo la correspondiente constancia de inicio de acreditación para el laboratorio LE 013 Laboratorio de Ensayos LENOR, que, como RE-2026-27163971-APN-DIN#MEC, obra en el expediente de la referencia.Que, en ese sentido, y habiendo cumplido con la totalidad de la documentación requerida en la Resolución N° 611/19 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y sus modificatorias, resulta pertinente por la presente medida otorgar el reconocimiento como laboratorio de ensayos por un plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días desde la aprobación de su reconocimiento.Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 960/17, y 50/19 y sus modificatorios, y la Resolución N° 227/23 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y su modificatoria.Por ello,EL SUBSECRETARIO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIALDISPONE:ARTÍCULO 1°.- Reconócese a la firma LENOR S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70296880-8, como Laboratorio de Ensayos en el alcance de los ensayos de Aprobación de Modelo, para el Reglamento Técnico y Metrológico de “Cinemómetros”, aprobado por la Resolución N° 753 de fecha 6 de noviembre de 1998 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias.ARTÍCULO 2°.- Establécese que el presente reconocimiento tendrá una vigencia de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días desde la fecha de publicación de la presente medida.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma LENOR S.R.L. de la presente disposición.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese.Fernando Martin Blanco Muiñoe. 23/04/2026 N° 25504/26 v. 23/04/2026 Fecha de publicación 23/04/2026