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PROVINCIA DEL CHACO - ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL

Chaco declara inexistente domicilio fiscal de XIUN S.A.

La Administración Tributaria chaqueña declaró inexistente el domicilio fiscal de la empresa XIUN S.A. (CUIT 30-70891214-6) y le impuso uno oficial en su sede de Resistencia.

Texto oficial →

Dato clave

Resolución Interna Nº 287-2026/D

Analisis central

La Dirección de Recaudación Tributaria del Chaco dictó la Resolución Interna Nº 287-2026/D para declarar inexistente el domicilio constituido por XIUN S.A., lo que implica la pérdida de su autonomía para recibir notificaciones tributarias. A partir de ahora, todos los actos administrativos se considerarán válidamente notificados en la sede oficial de la Administración Tributaria en Resistencia, con horario restringido (martes y viernes). Esta medida activa automáticamente sanciones y abre la vía a procesos sumariales.

Criterio editorial

Es una medida excepcional de control tributario que afecta directamente los derechos de defensa y debido proceso del contribuyente, al imponer un domicilio forzoso y limitar los días hábiles para notificaciones.

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Texto original

Documento oficial

PROVINCIA DEL CHACO - ADMINISTRACIÓSe hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las Heras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), ha dictado la Resolución Interna Nº 287-2026/D, que en su parte pertinente dispone: “Resistencia, 4 de febrero del 2026- VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios el domicilio constituido por el contribuyente XIUN S.A CUIT N° 30-70891214-6, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del contribuyente identificado en el artículo anterior en la sede de la Administración Tributaria Provincial, sito en Avenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo acto administrativo quedará válidamente notificado, en todas las instancias, los días martes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º: Disponer la publicación de la presente por tres (3) días en el Boletín Oficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 -texto actualizado- Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Sumarios y Multas para la aplicación de la sanción correspondiente. Artículo 5º: Tome razón Departamento Despacho. Regístrese. Comuníquese al Departamento Procesamiento. Cumplido archívese”. Se dispone que el presente edicto, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 10º de la Resolución General Nº 1883 -texto actualizado-, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia del Chaco y en el Boletín Oficial de la República Argentina.En consecuencia, cumplido el procedimiento dispuesto en el artículo 3º de la Resolución Interna Nº 287-2026/D, queda constituido de oficio el domicilio del contribuyente en la sede de la Administración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantin – a/c Dirección de Recaudación Tributaria -Juez Administrativo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia – Chaco – 20 de marzo de 2026.Bibiana Massiel Kuncheff, Administradora General.e. 22/04/2026 N° 25222/26 v. 24/04/2026 Fecha de publicación 23/04/2026