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TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

Tribunal Fiscal confirma resolución en caso de Lacteos Conosur

REGISTRO OFICIAL

El Tribunal Fiscal de la Nación confirmó una resolución relacionada con un expediente judicial de Lacteos Conosur.

El Tribunal Fiscal confirmó una resolución previa en el caso de Lacteos Conosur. Esto implica que la decisión original se mantiene sin modificaciones.

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No hay información sobre impacto económico o social significativo, y es un hecho interno del sistema judicial.

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Aviso Oficial

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓEl Tribunal Fiscal de la Nación, Sala “F”, Vocalía de la 17ª Nominación, a cargo del Dr. Christian M. González Palazzo, con sede en Alsina 470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por 2 (dos) días en autos “LACTEOS CONOSUR c/ DGA s/ APELACIÓN”, Expte. Nº 38031-A que se han dictado las siguientes resoluciones: “Buenos Aires, 7 de Octubre de 2025. …reunidos los Vocales miembros de la Sala “F” del Tribunal Fiscal de la Nación, SE RESUELVE: 1. Confirmar la Resolución (AD CAMP) nº 150/17, dictada en el expte. SIGEA n° 12647-177-2010. 2. Costas a la actora. FIRMADO: Dres. Christian M. González Palazzo, Pablo A. Garbarino y Horacio J. Segura. VOCALES.”// “Buenos Aires, 10 de Febrero de 2026. AUTOS Y VISTOS: el expediente n° 38031-A, caratulado “LACTEOS CONOSUR S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ Recurso de apelación”, y SE RESUELVE regular los honorarios de la representación fiscal -conf. la doctrina establecida al efecto por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (confr. Sala III in re “RQ en La Morocha S.A. s/ recurso Tribunal Fiscal, del 26/2/85, y Sala IV in re “Macagno Ricardo Victor”, del 18/11/03, y “Redruello, Jorge Neris”, del 26/10/2004; entre otros)-, por su actuación profesional en esta instancia en doble carácter de letrados apoderados y patrocinantes del Fisco Nacional, en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($254889.-), los cuales deberán ser abonados conforme la imposición de las costas realizada en la sentencia de fs. 578/82 vta. FIRMADO: Dres. Christian M. González Palazzo y Pablo A. Garbarino. VOCALES.”Miguel Nathan Licht, Vocal, Vocalía XIX Sala G Competencia Aduanera.e. 28/04/2026 N° 24101/26 v. 29/04/2026 Fecha de publicación 28/04/2026