La resolucion comunica modificaciones puntuales al Régimen Informativo referido: una reorganización del punto 3.2, una aclaración en el punto 3.3 sobre identificación del origen del fondeo de financiaciones en moneda extranjera, y la adición del inciso d) en el punto 23.2.1.4 con el Anexo V para la integración del campo 4. Las modificaciones rigen desde el 01/05/2026 y exigen rectificativas bajo modalidad de lote completo.
El aviso no informa antecedentes históricos, marco legal previo, evolución regulatoria ni relación con otros períodos gubernamentales o normas.
El aviso indica que la comunicación está dirigida a entidades financieras y operadores de cambio; no señala beneficios, perjuicios, ni impactos diferenciados para ningún actor.
Por qué importa
La resolucion comunica ajustes técnicos al régimen informativo aplicable a entidades financieras y operadores de cambio, sin indicar su relación con variables macroeconómicas, políticas o de estabilidad financiera.
