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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BCRA comunica adecuaciones al régimen informativo de prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas

BCRA comunica adecuaciones al régimen informativo de prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas

El Banco Central informa modificaciones en fechas de vencimiento y alcance de presentación de informes para entidades financieras y no financieras, derivadas de la Resolución UIF N° 200/24.

La Comunicación 'A' 8429/2026 del BCRA comunica adecuaciones al régimen informativo de prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas (L.A.F.T. y O.A.). Estas consisten en la actualización de vencimientos para la presentación de informes —incluyendo informe técnico de autoevaluación de riesgos, declaración de tolerancia al riesgo e informe anual del revisor externo independiente— y la modificación excepcional y permanente de fechas para el reporte de operaciones sospechosas. El aviso no informa sobre cambios conceptuales, nuevos requisitos técnicos, sistemas de detección ni comparaciones con estándares bancarios.

El aviso no informa sobre antecedentes históricos, marco regulatorio previo, evolución de la normativa ni relación con organismos internacionales.

Están afectadas las entidades financieras, casas y agencias de cambio, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y de compra, otros proveedores no financieros de crédito y proveedores de servicios de pago. El aviso no informa sobre impactos económicos, costos, beneficios ni evaluaciones de desempeño regulatorio para dichos sujetos.

Criterio editorial

Por qué importa

La resolución comunica modificaciones en cronogramas y alcance de obligaciones informativas para múltiples actores del sistema financiero y no financiero, con efecto vinculante y carácter obligatorio según lo dispuesto por el BCRA y la UIF.

Claves de lectura

Entidades y temas

Banco Central de la República ArgentinaUnidad de Información Financiera (UIF)regulación financieraprevención del lavado de activosreportes obligatoriossupervisión financiera
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Documento base

Texto original

Comunicación "A" 8429/2026

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 8429/24/04/2026A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,A LAS CASAS DE CAMBIO,A LAS AGENCIAS DE CAMBIO,A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA,A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO:Ref.: Circular CONAU 1-1724:Régimen Informativo Prevención del Lavado de Activos, del Financiamiento del Terrorismo y Otras Actividades Ilícitas. (L.A.F.T. y O.A.).Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones al régimen informativo de la referencia.Como consecuencia de la emisión de la Resolución UIF N° 200/24, las empresas no financieras emisoras de tarjeta de crédito, empresas no financieras emisoras de tarjetas de compra, otros proveedores no financieros de crédito y proveedores de servicios de pago, según corresponda, y teniendo en cuenta la periodicidad determinada para ellos, deberán remitir los siguientes informes:- Informe técnico de autoevaluación de riesgos de LA/FT y su metodología, y Declaración de tolerancia al riesgo.- Informe anual del revisor externo independiente.De acuerdo con lo establecido en la Resolución mencionada, la primera presentación de los citados informes deberá contemplar el periodo 2025, cuyos vencimientos -en esta oportunidad- operarán los días 17.06.26 y 30.09.26, respectivamente.Asimismo, se informa que se actualiza el punto 3. Reporte de operaciones sospechosas, como consecuencia de las disposiciones dadas a conocer por la UIF en esta materia. Por tanto, el vencimiento para la presentación de la información correspondiente al 31.03 del corriente operará -excepcionalmente- el 10.06.26.Finalmente, se informa que se modifican con carácter permanente los vencimientos de este Régimen Informativo según el siguiente esquema:- Para Entidades Financieras:- Reporte de operaciones sospechosas: a partir de la información al 30.09.26, su vencimiento operará el día 22 del mes siguiente a la finalización del trimestre al que corresponden los datos.- Para todos los sujetos alcanzados, a partir de los informes correspondientes al periodo de información 2026 (incluyendo aquellos con presentación bienal que deban volver a remitir el informe 2025):- Informe de Autoevaluación riesgos y Declaración de Tolerancia al riesgo: vencimiento el 30.04 de cada año- Informe de Revisor Externo Independiente: vencimiento el 31.08 de cada añoOportunamente se difundirán las Instrucciones Operativas que complementan la presente.Por último, se acompañan las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado del presente régimen informativo.Saludamos a Uds. atentamente.BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINAMariana A. Díaz, Gerenta de Régimen Informativo - Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.ANEXOEl/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).e. 30/04/2026 N° 27925/26 v. 30/04/2026 Fecha de publicación 30/04/2026